Una gran mayoría del 81% de las empresas de nuestro país se ven finalmente obligadas a aceptar plazos superiores a los deseados. En ese sentido, según pone de manifiesto el “Estudio de la Gestión del Riesgo de Crédito en España”, apenas el 8% de las empresas relacionadas comercialmente con la Administración tiene que aceptar una extensión de los plazos de pago (el 12% en 2017), mientras que nada menos que el 51% (53% un año antes) de las entidades que los tienen con la gran empresa también se ven obligados a aceptar los plazos de pago impuestos por éstas. A su vez, la capacidad de las pymes para imponer plazos de pago afecta al 46% de sus proveedores (42% en el año pasado),
en tanto que el mayor empeoramiento (5 puntos porcentuales más ahora) se registra en el segmento de autónomos, que obligan a plazos de pago superiores a un 17% de lo que desean sus entidades proveedoras.
Lo cierto es que, tal y como revela este informe, que ha sido elaborado por la aseguradora de crédito y riesgo Crédito y Caución y la consultora de información empresarial y análisis de riesgos Iberinform, y que además han contado con el soporte académico del IE Business School, apenas un 41% de las compañías trabaja con plazos inferiores a los 60 días que trató de impulsar la Ley 15/2010 de Medidas de Lucha contra la Morosidad. Mientras, el porcentaje de las que establecieron períodos de cobro de entre 60 y 90 días quedaron en un 45% (48% en 2017, 43% en 2016, 38% en 2015 o el 36%en 2014); y por su parte, el porcentaje de organizaciones que trabaja por encima de los 90 días se mantiene estable desde hace tres anualidades en el 14% (el 16% en el 2015, el 20% en el 2014, el 23% en el 2013 y el 22% en el 2012).
A la hora de explicar las razones de la morosidad empresarial, los problemas de disponibilidad de fondos y de los retrasos intencionados del cliente comparten el primer lugar, pues ambos motivos son apuntados por un 53% de las empresas consultadas. El primero consigue así 2 puntos porcentuales más que en 2017, aunque 9 puntos menos que en 2016, en tanto que los retrasos intencionados de los clientes son reseñados ahora por los mismos que el año pasado, si bien suponen 6 puntos por encima de 2016.
Tras estas dos razones del retraso en los pagos de clientes, la tercera vuelve a ser la complejidad del propio procedimiento de pagos (16%, un punto menos que en 2017), figurando después las disputas sobre calidad (9%, frente a un 7% el año anterior) y las facturaciones incorrectas (7%, lo mismo en esta ocasión que en la pasada edición).










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