Por Misoficinas.es, Portal inmobiliario especializado en alquiler y venta de oficinas, locales, naves, garajes y suelo.
De cara al posible alquiler de un espacio para un negocio, la negociación entre futuro arrendador y arrendatario es, en la mayoría de las ocasiones, asimétrica. Y en ese sentido, la experiencia negociadora suele recaer en este caso del lado del propietario. De ahí que, ante la opción de tener que alquilar un lugar para trabajar, al margen de mucho sentido común, deban tenerse en cuenta las siguientes claves.
- ¿Qué evitar?
La negociación empieza desde que se pisa un inmueble y se debe evitar mostrar que un local u oficina son “la oficina o el local perfecto”, y además no desvelar cualquier información que pueda perjudicar en la negociación del contrato de arrendamiento; por ejemplo, el presupuesto del que se dispone para el alquiler.
- Prepararse para una visita a un inmueble
Es importante intentar dejar siempre claro que tenemos otras opciones: tener otros inmuebles en el punto de mira y que esta realidad sea entendida por los propietarios de los inmuebles visitados. Además, los informes inmobiliarios contienen datos
muy valiosos sobre precio, disponibilidad y tendencias, por lo que analizarlos ayudará a comprender si un inmueble es caro o barato.
- Intermediarios a tratar
Aunque es muy cómodo gestionar la búsqueda con un interlocutor solamente, contactar con más de un intermediario para la búsqueda del inmueble es fundamental, pues la mayoría de los intermediarios trabajan por cuenta de los propietarios, por lo que hay que intentar “repartir el juego” entre varios consultores.
- Proposición de una oferta
La realización de una oferta por nuestro lado debe ser por escrito y de forma no vinculante. Se puede presentar a uno o varios de los propietarios y debe contener el precio que se quiere o puede asumir, en términos realistas, sin llegar a ser insultante. Una vez esto, hay que solicitar una respuesta por escrito, porque ello ayuda a entender mejor las expectativas e intenciones de unos y otros. Por ejemplo, si un propietario en cuestión no está dispuesto a bajar su precio y el futuro arrendador no puede subirlo, no tiene sentido proceder a la negociación del contrato.
- ¿Qué se puede negociar?
Existen cláusulas del contrato de alquiler a las que se tiene que prestar especial atención, como pueden ser la variación del precio y la duración, que también forman parte de la negociación. Lo normal es que el propietario pida un determinado plazo de “obligado cumplimiento”, es decir, un plazo mínimo de duración, antes del cual no se podrá desistir del arrendamiento (en España es habitual que este plazo inicial sea de tres años). Y en cuanto a la actualización del precio, la misma puede ser “a mercado”, lo que significa que, tras un determinado plazo del arrendamiento (según se acuerde), el precio del alquiler deberá volver a negociarse para ajustarlo a los precios de mercado en ese momento. En cualquier caso, lo más recomendable es acordar con el propietario un límite en la variación del precio.
- Otros aspectos a tener en cuenta
Existen otras cláusulas que aparecen, o deberían aparecer, en versión escrita del contrato y que pueden sorprender a los arrendatarios a pesar de ser comunes. Los gastos de comunidad, conservación y mantenimiento, entrega y devolución, obras, fianza, garantías adicionales, cesión y subarriendo son aspectos que se deben reflejan en el contrato y que es importante leer detenidamente.









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