Por Life Abogados, Despacho especializado en todas las áreas de derecho y en asesoría de empresa.
El pasado 9 de marzo entraba en vigor la nueva Ley de Contratos del Sector Público, la cual busca facilitar la participación de las pequeñas y medianas empresas en el mercado de las adjudicaciones, donde hasta ahora el 70% de los recursos eran concedidos únicamente a 10 compañías, tal ycomo muestran diversos informes.
Lo cierto es que hay unos 200.000 millones de euros en juego, y que el nuevo marco legal abre las puertas, de par en par, para que las pymes opten a ellos. No obstante, la garantía que se exige del 5% del importe de adjudicación limita a las pequeñas organizaciones el acceso a este mercado, al obligarlas a comprometer unos recursos económicos adicionales a la propia ejecución del contrato;
y ello puede afectar a su tesorería. Además, en cuanto a barreras se refiere, la imposición de criterios sociales y medioambientales de valoración constituye un arma de doble filo, debido a que excluirá de ciertos contratos a muchas pymes que no cumplan con esos requerimientos.
No obstante, la nueva ley introduce también una serie de medidas que tienden a favorecer la participación de las pymes en la contratación pública. Entre ellas, destacan las siguientes:
- Menor carga administrativa.
La nueva normativa simplifica los procedimientos y reduce las cargas administrativas, después de que el desconocimiento de los procesos y el gran número de horas que había que dedicar a preparar las ofertas fueran los principales obstáculos de entrada a este mercado para las pymes. Y es que la mayoría de ellas no cuenta con personal administrativo suficiente como para afrontar los farragosos trámites que conllevaba presentarse a un concurso público. Esta traba, junto con la necesidad de ofrecer un precio muy ajustado, desalentaba a las pequeñas y medianas empresas.
- Acceso a más contratos.
La nueva ley marca un antes y un después en el sector en la medida en que las pymes ahora tendrán acceso (sin pagar bases de datos) a la información completa de las licitaciones que se saquen al mercado, lo que les permitirá conocer con mucho más detalle el sector, los precios, su competencia… Así, las pequeñas compañías podrán medir con mayor exactitud sus posibilidades reales de entrar en este tipo de contratos. En cualquier caso, hay que tener en cuenta que todos los contratos adjudicados por las entidades del sector público iguales o superiores a los 5.000 euros se deberán inscribir en el Registro de Contratos del Sector Público.
Por otra parte, desde la entrada en vigor de la nueva normativa, la división en lotes de los contratos facilita el acceso a la contratación pública a un mayor número de pymes, ya que la solvencia técnica y económica que se exige para acudir a una licitación resulta proporcional a la envergadura del contrato. De esta forma, la partición en lotes supone que tanto el objeto como la cuantía de los contratos sea más reducida y asumible, con lo que disminuye en consecuencia la experiencia que se requería antes para presentarse.
Además, con la nueva ley se crea el procedimiento «súper» simplificado, con plazos muy cortos para presentar la oferta (10 días) para cuantías muy ajustadas (obras de valor estimado igual o inferior a 80.000 euros, o suministros y servicios iguales o inferiores a 35.000 euros). Pero lo más importante es que no se exige ya solvencia económica o técnica, lo que multiplica las posibilidades de las pymes de lograr la adjudicación. Asimismo, para garantizar la transparencia e igualdad de oportunidades, desde el pasado 9 de marzo todos los criterios de valoración de las ofertas son automáticos, por lo que no se realizarán juicios de valor.
- Mayores ganancias.
Por otra parte, gracias a la nueva ley, las pequeñas firmas no se ven ya obligadas a «tirar» los precios para rivalizar con las grandes empresas a la hora de acudir a una licitación pública, donde antes han dominado las grandes compañías. Ello generará una mayor rentabilidad, aumentando al mismo tiempo el interés de los pequeños empresarios. En cualquier caso, es preciso remarcar que ya no ganará la oferta económicamente más ventajosa, sino la que presente una mejor relación calidad-precio, en lo que las pymes sí pueden competir con mayores garantías. Es decir, que la nueva normativa facilitará la competencia efectiva, ya que la principal fortaleza de las pequeñas empresas reside, sobre todo, en su calidad en el momento de ofrecer el servicio o producto, y también en su flexibilidad para atender demandas muy concretas.
- Menos morosidad.
Los datos de la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM) revelan que las grandes corporaciones resultan las más incumplidoras a la hora de pagar las facturas para 6 de cada 10 empresas. Y, por ende, las pymes resultan las más perjudicadas por esos retrasos en los pagos. No obstante, con la nueva ley los adjudicatarios ya no pueden demorar el pago a sus proveedores, lo que deberá comprometer menos la tesorería de las pequeñas empresas; y de igual modo, la Administración tiene que pagar directamente al subcontratista y comprobar que cumplen con dichas obligaciones de pago. Además, con el nuevo marco legal será imposible pactar plazos de pago superiores a los establecidos en la ley, con el objetivo de combatir contra ese recurso tan habitual en las grandes empresas de retrasar el pago a los proveedores en trabajos ejecutados para la Administración Pública, y que supuso, indirectamente, el cierre de miles de empresas en España.
- Más oportunidades para los emprendedores.
Para ciertas licitaciones ya no será necesario acreditar experiencia previa, lo que facilitará el acceso a las empresas de reciente creación.
En cualquier caso, sea como fuere, más que beneficiar a las pymes, la nueva ley trata de establecer un trato igualitario y justo para todos los licitadores. No obstante, la realidad es que se abren las puertas para que las pymes accedan a un nicho de mercado que hasta ahora tenían muy restringido: con esta medida, se convertirán en un competidor real para las grandes empresas.










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