5) Deberían incluirse en el texto del proyecto, dentro del apartado de Publicidad Activa, dos informaciones adicionales: Por una parte, todos los instrumentos de planeamiento urbanístico, así como las resoluciones habidas en esta materia; por otra parte, se deberían publicar los Informes de los órganos de fiscalización interna respecto a instituciones y organismos pertenecientes a las distintas Administraciones públicas.
6) En relación al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, creemos que es un órgano que nace con un notable déficit de independencia. En primer lugar, porque su presidente es nombrado por el Gobierno, y su refrendo parlamentario exige la mera aplicación de la mayoría parlamentaria; sería conveniente, de cara a asegurar un adecuado nivel de consenso, que su nombramiento debiera aprobarse por mayoría parlamentaria cualificada. Segundo, porque se crea una Comisión de Transparencia sin competencias definidas en la ley y cuya única labor, dada su composición y naturaleza, puede parecer que es la del control del presidente. Por otra parte, pensamos que la Comisión tendría unos mayores visos de objetividad e independencia si en su composición se diese entrada igualmente a un diputado y a un senador representantes de la oposición parlamentaria, así como a representantes de organismos de la sociedad civil que promueven la transparencia y el buen gobierno.
Hay además otras diversas materias relacionadas con el contexto y los contenidos del anterior Proyecto de Ley que, según manifestábamos hace ahora un año, podrían mejorar. Bien es cierto que algunas ya se han resuelto e incorporado al texto legal, y en otros casos sería ya inviable su tramitación, por lo que hemos creído conveniente focalizar esta posición de Transparencia Internacional España sobre aquellas materias que podrían todavía abordarse como enmiendas en esta próxima fase de tramitación parlamentaria en el Senado.
Transparencia Internacional España manifiesta, en resumen, que la Ley puede y debe todavía mejorar, y ello en consonancia con una actitud de los partidos políticos que permita su acercamiento y convergencia en la próxima tramitación del Proyecto de Ley en el Senado, de forma que los ciudadanos puedan así conseguir una ley mejor y más completa, y en base a unos acuerdos que permitan cumplir en mayor medida sus expectativas respecto a las actuaciones y representatividad real de los partidos políticos y grupos parlamentarios en torno a esta ley.










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